Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, constituido en forma UNIPERSONAL, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÒN DE LOS HECHOS, y en consecuencia, CONDENA a los acusados LORENZO ANTONIO CAMEJO OLLARVES, venezolano, Natural de Cabimas, de 74 años de edad, fecha de nacimiento 10-08-1934, estado civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, Titular de la Cédula de Identidad No. V- 1.445.980, hijo de los ciudadanos: Hermógenes Camejo (Dif.) y Martina Ollarves (Dif.), residenciado en la Avenida 32, El Chaparral, calle San Antonio, casa S/N, detrás de la panadería Los Lírios, Municipio Cabimas del Estado Zulia; y, MARÍA SUSANA CASTILLO, venezolana, Natural de Caja Seca, de 48 años de edad, fecha de nacimiento 12-08-1963, estado civil Sol.....