Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: EL abandono de la Querella interpuesta por el ABOG. MARCOS FERNANDEZ, titular de la C.I. 7.806.496, actuando como Apoderado Judicial del ciudadano ALEXIS ARTURO ACOSTA DITTA, titular de la C.I. 16.989.665, en contra de la ciudadana MAGLIN CARIDAD SANCHEZ, titular de la C.I. 25.488.540, por la comisión de los delitos de DIFAMACION E INJURIA, previstos y sancionados en los artículos 442 y 444 del Código Penal vigente. SEGUNDO: DECLARA EL DESESTIMIENTO TACITO DE LA QUERRELLA presentada por el ciudadano ABOG. MARCOS FERNANDEZ, titular de la C.I. 7.806.496, actuando como Apoderado Judicial del ciudadano ALEXIS ARTURO ACOSTA DITTA, titular de la C.I. 16.989.665, y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por extinción de la acc.....