Por los fundamentos y razones antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el EXAMEN Y REVISION DE MEDIDA solicita por la defensa de autos y en consecuencia acuerda MANTENER LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, dictada en contra del penado JUAN CARLOS SANCHEZ MENDEZ, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-17.833.404, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 29/06/1987, concubino, hijo de Beatriz Sánchez y padre desconocido, residenciado en el Barrio Isora Rojas, calle 99A, casa N°. 56-137, Maracaibo, Estado Zulia, quien se encuentra condenado por el presunto cometimiento del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano JERRY MORALES Y EL ORDEN PUBLICO, de co.....