Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CULPABLE al ciudadano HENDER GERARDO BLANCO VILLADIEGO, quien es venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 26 años edad, fecha de nacimiento 25/08/81, profesión u oficio Mesonero y decorador, titular de la cedula de identidad No. V-17.917.843, hijo de los ciudadanos Libio Blanco y Edie Arrieta, residenciado en la calle 103 Barrio Los Estanques, Casa N° 17-25, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como COAUTOR penalmente responsable del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de los ciudadanos PEDRO LUIS VILLALOBOS ROMERO Y PEDRO LUIS VILLALOBOS PARRA; y lo CONDENA a cumplir la pena.....