CONDENA al ciudadano MARIO CALLE HERNANDEZ a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISION, por haberse comprobado la acusación presentada en su contra por la Fiscalia del Ministerio Publico, por los delitos de ROBO, previsto y sancionado en los artículos 455º y 457° del Código Penal, pena que terminara de cumplir en el establecimiento penitenciario que determine el Juez en función de Ejecución correspondiente, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 367º en concordancia con el articulo 376º del Código Orgánico Procesal Penal.-