Declara CULPABLES a los acusados FELIX MANUEL FLORES RUIZ y ADALBERTO MANUEL VERGARA ARIAS por la comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 Parágrafo Primero del Código Penal en perjuicio de Defterios Pikoulos Rassia y Glexy Bolaños, por los hechos ocurridos el 18-05-09, y los CONDENA en consecuencia se le impone la pena de CINCO (5) AÑOS y OCHO (8) MESES DE PRISION, mas las penas accesorias de ley; pena que terminara de cumplir en fecha 20 de enero 2015, en el establecimiento penitenciario que determine el Juez en función de Ejecución correspondiente, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 367º en concordancia con el articulo 376º del Código Orgánico Procesal Penal.-