Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA PRIMERO: Por estar cubierto los extremos establecidos en los numerales 1 y 2, del artículo 250, en relación con los artículos 8, 9, 243, 244, 247, 256 numerales 3 y 4, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva De Libertad, en la persona del ciudadano ERWIN JOSE RINCON MUÑOZ, de nacionalidad venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, fecha de nacimiento 02-09-1977, titular de la cédula de identidad No. 13.718.061, de 32 años de edad, comerciante, casado, hijo de José Enrique Rincón y de Carlota Muñoz Atencio, residenciado en la avenida Bolívar, al lado del Registro Subalterno, San Carlos, Municipio Colón del Estado Zulia, teléfono: 0275-5552114, a quien la Fiscal Vigésimo Primero del Minist.....