Por todos los razonamientos antes expuestos de hecho y derecho este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA ENTREGA PLENA DEL VEHÍCULO MARCA: MACK, CLASE: CAMIÓN, TIPO: CHUTO, MODELO: 1975, COLOR: AMARILLO, AÑO: 1975, PLACA: 920VAP, SERIAL DE CHASIS: DM611S5536, SERIAL DE MOTOR: ET6736S7604 USO: CARGA, al ciudadano GERARDO GIRALTE BARRON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.002.738, domiciliado en la Urbanización El Country, calle 5, N° 28, Valera Estado Trujillo, abogado en ejercicio JAVIER GIRALTE BARRON, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5. 496.148, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.667, con domicilio en la Ciudad de Valera Estado Trujillo, actuando en representación legal de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE EL SAMAN, C.A., Registrada en.....