Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. FIJA al Representante de la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público un plazo prudencial de Noventa (90) días para la conclusión de la investigación, seguida a los ciudadanos LUIS ALBERTO PEREZ, ALEXANDER SOTELO CAMACHO Y WALTER AGUILARTE PEÑA RICARDO, por la presunta comisión del delito de: APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el Artículo 472 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la Empresa Agrícola Brisas S.A., todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente con la presente acta quedan notificadas las partes y siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.) del día de hoy se da por concluido el presente acto".- Terminó, se le.....