Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. REVISA Y EXAMINA la Medida de Privación Judicial Preventiva que le fuere dictada a los ciudadanos: JOSE DE LA CRUZ GARCIA FIGUEROA, de nacionalidad Colombiano, natural de Las Piedras, Departamento de Bolívar de la República de Colombia, de 38 años de edad, fecha de nacimiento: 14-12-1968, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pescador, hijo de Francisco García y de Paola Figueroa, titular de la Cédula de Identidad para extranjeros residentes Nº E-83.256.111, residenciado en Boscán, sector Pueblo Nuevo, calle y casa s/n, casa de color azul, Municipio Sucre del Estado Zulia, y YACSON JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia, Estado C.....