ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, impone al ciudadano ANATOLIO MENDEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Quebrada Seca, Estado Mérida, fecha de nacimiento 08/02/1957, de 51 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.508.434, hijo de Amaría Josefina Méndez y de padre desconocido, casado, comerciante, residenciado en el casco central de Cuatro Esquinas, calle El Milagro, diagonal a la Plaza Bolívar, arriba de la Ferretería FERECAL, frente a la Tasca, Parroquia Carlos Quevedo, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, Medida Cautelar Sustitutiva, por aparecer fundados elementos de convicción para estimarlo autor de los delitos VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 50 respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, cometidos en perjuicio de la ciudadana MARLENE YADIRA OSORIO DE M.....