Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decide: Eximir al imputado ciudadano MANUEL ANGEL MEDINA MORILLO, venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Estado Zulia, fecha de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.587.062, soltero, obrero, hijo de Ángela Luisa Medina y de padre desconocido y residenciado en el sector Atacoso, ubicado frente a la Hacienda Mi Delirio, carretera Santa Bárbara Encontrados, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien se le instruye causa penal signada bajo el N° CO1.18733-2010, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano JO.....