Por todo lo antes expuesto y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se impone al ciudadano ADAEL ENRIQUE RIVERA GONZALEZ, antes identificado, Medida Cautelar Sustitutiva, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionados en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NIOLIS MARGARITA MONTERO VALENCIA, y se acuerda Medida de Protección y de Seguridad a favor de la víctima antes nombrada, todo de conformidad con el artículo 256, numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87, numerales 3, 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. O.....