Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la abogada DAMELIS BRAZON DE DUQUE, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y por vía de consecuencia, decreta Medida de Protección Judicial, por un lapso de seis (06) meses, a favor de la ciudadana MARIA TRINIDAD BRACHO PADILLA quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.135.565, residenciada en el sector Simón Bolívar, vía Río Abajo, avenida 5, Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, y a su entorno familiar, con fundamento en los artículos 26 y 55 de la Constitución .....