El Juzgado primero de Control acordó La NULIDAD ABSOLUTA del Acta Policial de fecha 09 de Octubre del año 2003, suscrita por Funcionarios adscritos a la Sección de Investigaciones penales del Destacamento 33, del Comando regional No. 3 de la Guardia Nacional de la república Bolivariana de Venezuela, inserta al folio 3 del presente asunto, por flagrante violación de la Garantía Constitucional establecida en el Artículo 49 de la Constitucional Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en trasgresión de los Artículo 4 y 5 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, y por Contravención de las Normas que regulan la Inspección en los Artículos 202, 205 y 207 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 190, 191 y 195 del mismo texto Procesal.