Por los fundamentos de hecho y derecho ante expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda la entrega en DEPOSITO a la ciudadana YLAIZA YARITZA FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14456845, domiciliada en Caracas, del Vehículo PLACA: PAF-86K, SERIAL DE CARROCERIA: 8YPBP07HXY8A26386, SERIAL DE MOTOR: -YA26386-, MARCA: FORD, MODELO: FESTIVA AUTO, AÑO: 2000, COLOR: ROJO, TIPO: SEDAN, CLASE: AUTOMÓVIL, USO: PARTICULAR, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.
SEGUNDO: se acuerda oficiar lo conducente al represéntate legal del estacionamiento Judicial "RAUL" a fin de que haga entrega de antes identificado vehículo a la reclam.....