Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, decretada por éste Tribunal, en la investigación N° 24-F11-2303-07, seguida por la Fiscalía UNDÉCIMA del Ministerio Público, al Ciudadano ERMIDES VALBUENA, por la presunta comisión de los Delitos de SICARIATO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en el Artículo 12 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y 286 del Código Penal, cometido en perjuicio de CARLOS EDUARDO RAMÍREZ SILVA. Regístrese la presente Decisión, Notifíquese a las partes y Ofíciese al Departamento de Alguacilazgo. Cúmplase.-
EL JUEZ DUODÉCIMO DE CONTROL,
FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ANA SÁNCHEZ MEDINA
En esta misma fecha se.....