este JUZGADO DECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA SUSPENDER CONDICIONALMENTE EL PROCESO, seguido en contra del imputado: ORLANDO SEGUNDO IBAÑEZ, de nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 31-03-1971, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 33 años de edad, de estado civil soltero, Profesión u oficio Funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, titular de la Cedula de Identidad Nro. 11.296.939, hijo de NIDIA ESTHER BARRIOS y de FELIPE SEGUNDO IBAÑEZ GUERRA, residenciado en: El Barrio Obrero, Avenida 101, con Calle 110, casa N° 61-110, Sector Curva de Molina, Estado ZULIA, como autor del delito de Peculado, Previsto y sancionado en el articulo 58 de la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Publico, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el Artículo 37 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo .....