CONDENA al ciudadano, hoy penado JEAN CARLOS REVERON FERREIRA de Nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de Nacimiento 10.1079, de 28 años, concubino, Obrero, titular de la cedula de Identidad Nro 14.631622, hijo de Javier González (VIVE) y Ana Zabala (VIVE), residenciado en el Barrio primero calle 89, avenida 23, casa N° 89-38, teléfono 0416.269.88153 Maracaibo estado Zulia, en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 453 DEL CÓDIGO PENAL VENEZOLANO, previsto y sancionado en el artículo 451, en concordancia con el artículo 80, segundo aparte, todos del Código Penal, en perjuicio del PATRIZIA LUCIA CAMPAGNA, a cumplir la pena corporal de UN (01) AÑO DE PRISION, más accesorias de ley, establecidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, a saber: 1.- La inhabilitación política durante el tiempo de la condena; 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta (1/5) parte del tiempo de la condena, terminada ésta; y 3.-.....