Por todo lo anteriormente expuesto se CONDENA a los acusados: DAVID ANTONIO URDANETA GUTEIRREZ, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 10 de Octubre de 1970, portador de la cedula de identidad Nº V-13.296.860, de 36 años de edad, Estado Civil Concubino, hijo de HERMELINDA GUTIERREZ y ERACLIO URDANETA, residenciado en el Sector Nuevo Palmarejo, Sector N° 14, CALLE Larga, casa 120, Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia; y GUSTAVO ENRIQUE URDANETA GUTIERREZ, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 24 de Abril de 1981, portador de la cedula de identidad Nº V-17.635.862, de 25 años de edad, Estado Civil Soltero, hijo de HERMELINDA GUTIERREZ y ERACLIO URDANETA, residenciado en el Sector Nuevo Palmarejo, Sector 14, casa N° 120, Calle Larga, Municipio La Cañada de Urdaneta Estado Zulia, a cumplir la pena de DIEZ (10) MESES VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por.....