Por los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: ADMITE LA ACUSACION en contra del ciudadano WILLIAN JOSE MARTINEZ, por ser el autor en la TENTATIVA en la comisión de delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405, en concordancia con el primer aparte del articulo 80, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ELIU FERNANDEZ, y COMPLICE en la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y castigado en el articulo 416 del Código Penal, en concordancia con el articulo 84 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio de NAIMER YIMI FERNANDEZ, con fundamento en el numeral 2° del Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS, de conformidad con lo establecido en el numeral 9° del Artículo 3.....