Por lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA a los imputados 1.- MIGUEL ÁNGEL RANGEL, venezolano, natural de Maracaibo ? Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nº. 12.404.789, fecha de nacimiento 28-08-74, de 30 años de edad, casado, de oficio mesonero, hijo de Víctor Rancel Guerra y de Matilde Josefina Rangel, residenciado en Puerto Caballo, Calle 28, Nº. 24, frente al Abasto Gaby, Municipio Maracaibo del Estado Zulia y 2.- DARWIN JOSÉ JERÉZ GUERRA, venezolano, natural de Maracaibo ? Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nº. 16.187.870, fecha de nacimiento 20-09-79, de 24 años de edad, concubino, de oficio lunchero, hijo de Ezequiel Jeréz y de Ramona Guerra, residenciado en San Felipe III, Vereda 2, Casa 1, Municipio .....