Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PRESENTE PROCESO PENAL seguido en contra de JOSE MANUEL REVUELTA NIETO, Colombiano, natural de Pomposo Bolívar, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad No E.83.089.265, albañil, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 15-03-65, hijo de Antonia Nieto y José Manuel Revuelta, residenciado en el Barrio Ilapeca, entrando por el Toro Ballo, choza la T, la Villa del Rosario de Perijá del Estado Zulia USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 323 en concordancia con lo establecido en el artículo 320 del Código Penal Venezolano en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso d.....