Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, interpuesta por el Representante de la Fiscalia del Ministerio Público Para El Régimen Procesal Transitorio, donde acusa formalmente al ciudadano DOUGLAS ALBERTO TORRES, de nacionalidad Venezolana, natural de JUNIN, Estado Táchira, fecha de nacimiento 26/03/1975, de 36 años de edad, de estado civil: Casado, titular de la cédula de identidad N° V-15.151.524, hijo de RUBY TORRES (MADRE) y padre (desconocido), residenciado en la Avenida Miguel Ángel, Sector Bello monte, edificio CUATRO HERMANOS, piso 3, apartamento 9, teléfono:0424-7759334;, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 458 en con.....