Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a ACUSADA JULVER MARLENE CARRANZA QUINTERO, Venezolana, de 32 años de edad, Cedula de identidad Nº V-12.591.964 , a cumplir la pena de TRES(03) AÑOS TRES(03) MESES VEINTIDOS DIAS Y DOCE HORAS de PRISION , mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 y 34 del Código Penal, por la comisión del delito de de RETENCION INDEBIDA DE NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 272 de la Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente y FACILITACION DE INGRESO ILEGAL DE EXTRANJERO, previsto y sancionado en el articulo 52 de la Ley de Extranjería y Migración Y condena A LOS ACUSADOS YASMIRA INES GUERRERO DE ANDRADE y ALEXANDER JOSE MENDOZA DUARTE, Venezolanos, titulares de la Cedula de Identidad Nº 14.922.077 y 11.660.934, a cumpl.....