-II-
PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de sus atribuciones legales conferidas en el artículo 647 literal ¿h¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, RESUELVE: PRIMERO: Vista las Acta Policiales suscritas del Instituto Autónomo de Policía del municipio San Francisco, donde se evidencia el cumplimiento de la sanciòn de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, impuesta por el Juzgado Segundo de Control en fecha 13-10-2004, a los jòvenes adultos SE OMITE. GARANTIA DE CONFIDENCIALIDAD. ARTICULO 545 LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, Venezolanos, natural de Maracaibo, Residenciados en Municipio Maracaibo, por el delito de HURTO SIMPLE, así mismo para que fuese cumplida por TRES (3) MESES, debiendo cumplir la sanc.....