Este Juzgado procede a PONER EN ESTADO DE EJECUCIÓN la sentencia dictada por el mencionado órgano jurisdiccional, y en tal sentido, se pasa a computar el tiempo de cumplimiento de la sanción impuesta de la siguiente manera: El adolescente NOMBRE OMITIDO fue detenido en fecha 05-12-2005, por lo cual hasta el día de hoy lleva detenido OCHO (08) MESES Y CINCO (5) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO Y TRES (03) MESES Y VENTISEIS (26) DIAS debiendo cumplir la sanción hasta el día CINCO (05) DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE. Se acuerda convocar Audiencia Oral y Reservada para el día DIECIOCHO (18) DE ENERO DEL 2007 A LAS (10:00) HORAS DE LA MAÑANA, a los fines de proceder a la revisión en cuanto al cumplimiento de la sanción impuesta.