En fecha 2-1-03, el Juzgado Segundo de Control, dicto sentencia condenatoria al adolescente SE OMITE. GARANTIA DE CONFIDENCIALIDAD. ARTICULO 545 LOPNA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de la ciudadana IRIS CAROLINA PADILLA, imponiéndole la sanción de Libertad Asistida por el plazo de Dos (02) años.
Recibida la causa en este Tribunal, en fecha 24-01-2003, se han realizado varias fijaciones de acto oral, para proceder a la lectura del computo de la sanción aplicada y la ejecución del fallo dictado (19-02-03, 12-03-03, 7-04-03, 15-01-04) inclusive, se ha procurado la citación a través de los cuerpos policiales, no lográndose la ubicación conforme a los datos aportados por el sancionado en la causa.
Hecho este resumen, considera este Juzgado, que al no existir datos precisos que logren ni identificar ni precisar su domicilio real del sancionado antes mencionado, no existe la posibilidad de ejecutar la sanción aplicada, entendiendo este Tribunal, que la.....