PRIMERO: MANTENER LA SANCION IMPUESTA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, en el sentido que deberá continuar con las obligaciones pautadas en la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, contenida en el artículos 624, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impuesta al joven (OMITIDO POR CONFIDENCIALIDAD), venezolano, soltero, obrero, de dieciocho (18) años de edad, nacido en fecha doce (12) de Junio de mil novecientos noventa y dos (1990), titular de la Cédula de Identidad Número V-20.084.591, hijo de la ciudadana MARIBEL DEL CARMEN MARTINEZ, domiciliado en la Avenida 32, Barrio 10 de Febrero, casa N° 42 detrás del Comando de la Policía Municipal de Cabimas, por el lapso de tiempo que le resta por cumplir y en la forma como le fue originalmente impuesta la medida sancionataria, por las razones transcritas en la parte motiva de la presente decisión;
SEGUNDO: NOTIFICAR al Joven (OMITIDO POR CONFIDENCIALIDAD), indicándole en el contenido de la .....