PRIMERO: De conformidad con el artículo 28 numeral 5, en concordancia con los artículos 32, 33, numeral 4 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, DE OFICIO, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, a favor de NOMBRE OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA EN CALIDAD DE AUTOR, cometido en perjuicio de JOSÉ RAFAEL LÓPEZ, OMAR LÓPEZ, MARY MOLERO, JUAN MOLERO.
SEGUNDO: Se ordena notificar de esta decisión a la Fiscalía 31 del Ministerio Público a la Defensa Pública que le correspondió, al imputado y a las víctimas ciudadanos OMAR ENRIQUE LÓPEZ BRICEÑO, MARY CARMEN MOLERO DE LÓPEZ y JUAN CARLOS MOLERO, comisionando para tal fin al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. Y a los familiares del occiso JOSÉ RAFAEL LÓPEZ BRICEÑO se ordena notificar conforme a lo previsto en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal.
TER.....