PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto la Profesional del Derecho MARJES GERALDINE URDANETA GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 138.081, respectivamente, y actuando con el carácter de Defensora Privada del adolescente LUIS FERNANDO LLANES RODRIGUEZ, plenamente identificado en actas; en contra de la decisión Nº 038-2024, de fecha 16 de febrero de 2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 608 literales "G" y "K" de la Ley Especial Adolescencial.
SEGUNDO: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el escrito de contestación, presentado por las Abogadas ANGELA FRANCHESCA IGUARAN URIBE y BETSIREE DEL CARMEN BERMUDEZ ORTEGA, Fiscales Provisoria y Auxiliar adscritos a la Fiscalía Trigésima Séptima (37°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con Com.....