Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• PRIMERO: SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida por el profesional del derecho Roger Vásquez, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra del fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 13 de julio de 2017.
• SEGUNDO: Queda de esta manera confirmada la decisión recurrida, aunque por distinta motivación.
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento civil.
REGISTRESE y PUBLIQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia .....