• INADMISIBLE, la apelación ejercida por la Profesional del Derecho CARLA FAVALLI RODRIGUEZ, quien se acreditó la representación de la parte actora, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha catorce (14) de marzo de 2017.-
No se hace especial pronunciamiento sobre las Costas Procesales dada la naturaleza del fallo.-
REGISTRESE y PUBLIQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a los nueve (09) días del mes de mayo del año d.....