Por todos los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA solicitada por la parte actora en el presente recurso de nulidad de acto administrativo, y en tal sentido, se suspenden provisionalmente los efectos del acto administrativo contenido en el CARTEL DE NOTIFICACION, sin número ni fecha, en el cual se transcribe parcialmente el contenido de la sesión de Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, N° 47-05 de fecha 28 de Marzo de 2005, mediante el cual se declaró la apertura del procedimiento de Declaratoria de Tierras Ociosas o Incultas, iniciado en la actualidad por la OFICINA REGIONAL DE TIERRAS DEL ESTADO ZULIA, sobre la Unidad de Producción denominada ?HACIENDA MIRAFLORES?, propiedad del recurrente y cuya ubicación, linderos y medidas se dan por repr.....