DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio seguido por la sociedad mercantil INVERSORA ORTEGA MOLINA, C.A., (INVERORMOCA), por intermedio de su apoderada judicial MARÍA GABRIELA PUCHE AMESTY; declara: el DECAIMIENTO de la Inhibición planteada por la Dra. MILITZA HERNÁNDEZ CUBILLÁN, en su condición de Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por los fundamentos expuestos en la parte motiva del presente falló.