Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de DESALOJO seguido por la ciudadana ASSUNTINA CHIQUINQUIRÁ GAGLIANO DI MEO, quien actúa en nombre propio y en representación de su hermano GIAN PAOLO GAGLIANO DI MEO, contra el ciudadano AYMAN ALKASSIM, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por el ciudadano AYMAN ALKASSIM, por intermedio de su apoderado judicial HELÍ ROMERO MÉNDEZ, contra sentencia de fecha 3 de diciembre de 2013, proferida por el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa establecida en el ordinal 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, que fue.....