Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en la INHIBICIÓN formulada por la Dra. KATTY URDANETA, Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio de HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES interpuesto por los ciudadanos JORGE LUIS CARROZ ACOSTA, RAFAEL ENRIQUE VIDAL y JESÚS ENRIQUE BELANDRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-75.846.978, V-5.838.441 y V-7.721.506, en contra de la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA GIRALDO Y GOMEZ Y CIA, S.A., constituida mediante escritura No. 2454, en fecha 26 de agosto de 2003, por ante la Notaria Octava de Cali, inscrita en la Cámara de Comercio el 29 de agosto de 2003, bajo el No. 6084 del libro IX, matricula No. 616477-4 y Nit......