DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 11 de Mayo de 2005, por el abogado en ejercicio ALBERTO ROMERO CHOURIO previamente identificado, en el juicio de RETRACTO LEGAL seguido por el ciudadano ANTONIO VITORINO DA SILVA ABREU, en contra del ciudadano GIUSEPPE DE LUCA MIZZI, ambos plenamente identificados.
SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia dictada el JUZGADO TERCERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 07 de Abril de 2005, en el sentido de que se DECLARA LA CADUCIDAD DE LA ACCION DE RETRACTO LEGAL, intentada por el ciudadano ANTONIO VITORINO DA SILVA ABREU, en contra del ciudadano GIUSEPPE DE LUCA MIZZI.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del C.....