PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el profesional del Derecho GIOVANNI JELAMBI PÁEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil SERVICIOS TÉCNICOS DEL ZULIA, S.R.L., previamente identificada en actas, contra la sentencia dictada en fecha 03 de febrero de 2022, por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 03 de febrero de 2022, en el sentido de declarar CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoare la Sociedad Mercantil CENTRO COMERCIAL ACQUA BELLA, C.A., contra la Sociedad Mercantil SERVICIOS TÉCNICOS DEL ZULIA, S.R.L., y c.....