Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio RAFAEL JOSÉ RINCÓN URDANETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.665, actuando con el carácter de autos, en contra del auto decisorio de fecha cinco (05) de noviembre del año 2010, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, por los motivos expuestos en el presente fallo.
SEGUNDO: CONFIRMA el auto decisorio de fecha cinco (05) de noviembre del año 2010, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio contentivo de procedimiento de DAÑOS.....