DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Con Lugar el recurso de abstención o carencia propuesto por el SINDICATO PROFESIONAL DE MÚSICOS, CANTANTES Y AFINES DEL ESTADO ZULIA en contra del MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, por órgano de la Dirección de Espectáculos Públicos de la Alcaldía. Se ordena al Municipio Maracaibo, por órgano de la Dirección de Espectáculos Públicos de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, exigir a las personas jurídicas o naturales que pretendan presentar espectáculos públicos de talento vivo música eventual, la presentación de la Constancia de Cumplimiento de lo establecido en el artículo 47 de la Reforma Parcial de la Ordenanza de Regulación e Impuesto de Espectáculos Públicos, publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 378, de fecha 16 de julio de 2002, y .....