III
DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dispone:
PRIMERO: SE DECLARA PROCEDENTE la medida cautelar suspensión de efectos solicitada por la ciudadana RAIZA BEATRIZ VILCHEZ APARICIO.
SEGUNDO: SE SUSPENDEN LOS EFECTOS del acto administrativo contenido en el acuerdo Nro. 054-30-12-13 de fecha 30 de diciembre de 2013, suscrito por los ciudadanos Vidaura Elena Romero y Armando Alvarado, en su condición de Presidenta y Secretario del Concejo Municipal del Municipio Miranda del Estado Zulia respectivamente.
TERCERO: SE ORDENA al CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, la reincorporación de la ciudadana RAIZA BEATRIZ VILCHEZ APARICIO, al cargo de secretaria, adscrita a la Dirección de Administración y finanzas del Concejo Municipal del Municipio Mira.....