Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Gabriel Puche Urdaneta, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Eddy Benitez Lobos en contra de la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte querellada ajustar, en lo sucesivo, la pensión de la cual es beneficiario el querellante al salario mínimo vigente, el cual deberá ser cancelado a partir del 18 de marzo de 2008 en adelante; en los términos expuestos en la motiva del presente fallo.
TERCERO: los efectos del cálculo a efectuarse, SE ORDENA, con arreglo al artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, realizar experticia complementaria del fallo.
CUARTO: SE ESTABLECE que la experticia .....