Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, ABOGADA ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a.- SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano: JOSÉ ANTONIO PEROZO RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.702.719 y domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, representado por la Abogada en ejercicio CAROLINA PAZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 46.576, en contra de la ciudadana GLADYS COROMOTO MARCHAN MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.711.045, y con domicilio en el Sector la "L", final del callejón 4 Ciudad Ojeda en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
b) Se condena en costas a la.....