Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, ABOGADA ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano: EDWIN JOSÉ MARQUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V-12.843.414 y domiciliada en Ciudad Ojeda, Parroquia Alonso de Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, representado por los Abogados en Ejercicio DOUGLAS PEÑALOZA SANDREA y MARTHA PEÑALOZA ALARCON, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los No. 19.374 y 87.887 respectivamente, en contra de la ciudadana EVELIN JOSEFINA GUTIERREZ FERRER, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-13.361.040, y con domicilio en Ciud.....