este Juez Unipersonal Nº 01, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, resuelve la Ejecución Forzosa sobre los haberes del ciudadano ROMER ROJAS, en el siguiente concepto:
1.- La cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300, oo), semanales por concepto de obligación de manutención, a favor del niño de autos, la cual será retenida por la CARNICERIA "VIRGEN DEL CARMEN", del sueldo o salario devengado por el ciudadano ROMER ENRIQUE ROJAS ALASTRE, titular de la cedula de identidad No.14.734.390, como trabajador al servicio de la misma, dicha cantidad asciende a MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. F.1.200, oo), mensuales, las mismas deberán ser entregadas directamente por ante la oficina administrativa de esa Carnicería a la ciudadana YEISSI JOSEFINA MAS Y RUBI NERIS, titular de la Cédula de Identidad No.16.469.203.
2.- La cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 2.500, oo), por concepto de Utilidades que le puedan c.....