DECLARA:
a) LA PERENCION DE INSTANCIA en el presente juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana CELENE HAYDEE RONDON CASTRO, titular de la cédula de identidad No. 10.918.043, en contra del ciudadano DENNYS ENRIQUE BUELVAS, titular de la cédula de identidad No. 11.389.384.
b) MANTIENE EN VIGENCIA por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección, las medidas preventivas decretadas por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio Nº 4, en fecha 13 de Noviembre de 2002, y ejecutada en fecha 28 de Noviembre de 2002, por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas Especiales de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
c) AUTORIZAR suficientemente a la ciudadana CELENE HAYDEE RONDON CASTRO, antes identificada, para que RE.....