decreta:
a) Medida de embargo preventivo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo, que le corresponden al obligado ciudadano JESUS ANGEL ROMERO, antes identificado, quien presta servicios como OBRERO ENCOLLADOR al servicio de la empresa PDVSA.
b) Medida de embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) de la bonificación de fin de año.
c) Medida de embargo sobre el CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijo, útiles escolares y juguetes que correspondan a la adolescente de autos.
d) Medida de embargo preventivo sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros que le puedan corresponder al ciudadano arriba mencionado, y sobre cualquier otro concepto que pueda corresponder al ciudadano JESUS ANGEL ROMERO.
Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales "a" "b" y "c" deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos, y las retenidas en el literal "d" en Cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE .....