declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, celebrado entre los ciudadanos ELIDA DIAZ DE SASSO y JONATHAN ENRIOQUE PETIT, ya identificados; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
b) Es convenido entre las partes que la custodia la ejercerá la progenitora. El progenitor autoriza el cambio de residencia del niño (se omite el nombre del niño, niña y/o adolescente por razones de confidencialidad), a la ciudad de BERNAREGGIO Provincia de Monza Brianza, Milano, Italia, en virtud de lo cual ambos progenitores se comprometen a fortalecer los lazos de comunicación para fomentar el valor familiar, por vía telefónica y el uso de Internet, tres (3) veces por semana, para la época navideña es convenido entre las partes que el disfrute de la misma sea un año con la progenitora y un año con el progenitor, iniciando el 2010 con la progenitor, para lo cual el progenitor aportará un 30% del costo del boleto aéreo para su traslado a Vene.....