a. Aprueba y homologa EL DESISTIMIENTO, realizado por los ciudadanos JOSEFINA MARGARITA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ y DAVID GREGORIO TILLERO COVA, venezolano, mayor de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.061.090 y V- 7.669.825, respectivamente.-
b. Suspende las medidas decretadas en fecha 26 de Agosto de 2004, por este Tribunal, y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la circunscripción Judicial del Estado Zulia. Así como, la medida decretada en fecha 26 de Octubre de 2004, y cualquier otra decretada con posterioridad. A tales efectos se ordena Oficiar al instituto de Canalizaciones.-
c. En relación con el Dinero que se encuentra depositados a favor de los niños de adolescentes autos, y por cuanto el mismo corresponde a las Prestaciones Sociales, le pertenece al ciudadano DAVID GREGORIO TILLERO COVA.- ASÍ SE DECIDE.
En consecuencia, se le .....